- Se suprime el periodo anual de declaración del modelo 349. En consecuencia, en 2020 sólo se podrá presentar el modelo 349 con periodicidad mensual o trimestral.
- Se introducen los cambios necesarios en el modelo 349 para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de bienes a otro Estado miembro.
La transformación digital no tiene por qué hacerse de una sola vez
Muchas empresas retrasan su transformación digital por pensar que implica cambiar toda su forma de trabajar. Sin embargo, es posible avanzar de forma progresiva, implantando soluciones por fases y adaptando la tecnología a las necesidades reales de cada organización.


