Con fecha de 11 de noviembre de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la Orden Foral 608/2021 por la que se establece el calendario modificado de implantación de la obligación TicketBAI.
Nuevo calendario de implantación de la obligación TicketBAI. |
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La obligación TicketBai será exigible para las y los contribuyentes que ejerzan las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes con arreglo al siguiente calendario de implantación: |
1 DE JULIO DE 2022a) El 1 de julio de 2022:
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1 de SEPTIEMBRE de 2022, actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
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1 DE NOVIEMBRE DE 2022, actividades comprendidas en los siguientes
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1 DE ABRIL DE 2023, actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:En la sección 1, los comprendidos entre:
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1 DE JUNIO DE 2023– Actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales, pesqueras, así como el resto de actividades empresariales, profesionales o artísticas no especificadas en las tarifas del impuesto, y las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
Epígrafes de la sección 3ª:
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